El Consejo Andaluz de Colegios de Médicos (CACM) ha presentado en el V Congreso Nacional de Deontología Médica, una comunicación en la que se deduce que las compañías de seguro de salud que tengan por objeto la prestación de servicios médicos, tienen la obligación de someterse a la Ley de Sociedades Profesionales, y por tanto a la disciplina de la deontología médica.

La Ley de Sociedades Profesionales establece que aquellas sociedades que tengan por objeto la prestación de servicios médicos tienen que cumplir una serie de requisitos específicos, como que la mayoría de su consejo de administración este compuesto por socios profesionales o la colegiación obligatoria como un profesional más, entre otros.

El objetivo perseguido por esta norma es que se preserven las garantías constitucionales que se exigen a aquellas profesiones que velan por intereses públicos. En el caso de la medicina, los derechos fundamentales a la vida, la salud y la integridad de los pacientes y usuarios, de manera que la prestación de un servicio médico por una sociedad mercantil o civil, debe cumplir con las mismas exigencias legales y deontológicas que se exigen a un profesional.

Las compañías de seguro de salud no son una excepción y deben adaptarse a la norma, cumpliendo con las exigencias deontológicas acordes al interés público que es objeto de sus servicios profesionales.

Si, por cualquier cuestión, existiera alguna fórmula legal por la que estas compañías evitaran cumplimentar la adaptación a la Ley de Sociedades Profesionales, el Estado deberá regular un proceso específico para que las mismas queden sometidas al control deontológico, como pueda ser la incorporación obligatoria de un vocal de la Organización Médica Colegial en sus Consejos de Administración, por razón de que están prestando un servicio médico que vela por los derechos fundamentales de los pacientes, y que requiere del control deontológico como cualquier otro médico o sociedad profesional, de conformidad al marco legal establecido por nuestro ordenamiento jurídico y la propia Constitución Española.

Los autores de la comunicación son Manuel Pérez Sarabia, secretario técnico – letrado del CACM, ponente; así como los doctores Juan Antonio Repetto López, presidente del CACM; Francisco José Martínez Amo, vicepresidente II del CACM; Juan Bautista Alcañiz Folch, secretario general del CACM.

FUENTE: Consejo Andaluz de Colegios de Médicos

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