La correcta cumplimentación del certificado médico de defunción, además de acreditar el fallecimiento de una pesona que para su muerte pueda inscribirse en el Registro Civil y extinguir así su personalidad jurídica, tiene importantes consecuencias desde el punto de vista de política sanitaria y debe efectuarse, por tanto, con el mismo esfuerzo y dedicación que el resto de actuaciones sanitarias.

El certificado médico de defunción vigente ha sufrido desde su publicación en enero de 2009 algunas modificaciones. Son numerosas las consultas recibidas sobre la última de ellas que se ha incorporado en el presente año. A continuación se relacionan en formato PDF algunas aclaraciones al respecto:

Comunicado sobre certificados de defunción

 

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