I. Marco del Acuerdo

CONTROL DE SISTEMAS Y SERVICIOS INFORMÁTICOS ANDALUCES SOCIEDAD LIMITADA ( en adelante CONTROLSYS ) esta constituida por un conjunto de expertos profesionales del sector informático, capaces de interpretar la problemática de cada organización y de cada usuario, implantando soluciones a su medida y obteniendo el máximo nivel de rendimiento y eficacia en cada solución aportada.

EL COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE JAÉN (en adelante COMJ) es una corporación de derecho público amparada por la ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

El presente Acuerdo entre COMJ y CONTROLSYS, cuyas bases mínimas se enuncian a continuación, pretende beneficiar a los colegiados y empleados del Colegio con ventajas económicas y atención personalizada en la utilización de los servicios ofrecidos por CONTROLSYS.

II. Bases

Tanto COMJ como CONTROLYS tienen como interés común asegurar ventajas para todos los Colegiados y personal de COMJ y propiciar un acuerdo exitoso a todos los niveles. Por ello, se establece como punto de partida la inclusión del acuerdo de colaboración en cuantas vías de difusión estén al alcance de COMJ.

Siendo necesario para el buen desarrollo del acuerdo lo siguiente:

  1. COMJ se hará cargo de informar debidamente a todos sus colegiados y personal propio del Colegio de este Acuerdo de Colaboración con CONTROLSYS desde el momento en que este sea aceptado, utilizando los canales habituales para estos fines: “Circular colegial y pagina Web oficial de COMJ”.
  2. CONTROLSYS enviará al Colegio información sobre ofertas especiales a los colegiados para su difusión por parte de COMJ por los medios que estén a su alcance, mencionados en el punto anterior.
  3. COMJ informará a los colegiados de los eventos que CONTROLSYS organice o sea participe, mediante vinculo en su pagina Web en su apartado convenios.
  4. CONTROLSYS informará a COMJ de todas las jornadas de Formación Teórica, que se realicen, facilitando igualmente la asistencia y/o participación en las mismas, teniendo lugar en la sede de COMJ o en la central de CONTROLSYS. (Siempre que ambas compañías lo estimen oportuno)
  5. Las nuevas tecnologías toman su máxima expresión en herramientas tales como Internet, siendo vital la función que desempeñará la buena utilización de la Web, ( donde podrán consultar la página www.controlsys.es) a disposición de COMJ y CONTROLSYS, que podrán estar interrelacionadas.
  6. CONTROLSYS podrá anunciar sus productos a través de los medios de difusión del Colegio (revistas especializadas u otras), según la tarifa de precios vigentes.

III. Estrategia de acción

La difusión de noticias referentes al acuerdo deberá ser publicada en el mayor número de medios tanto por parte de COMJ como por CONTROLSYS.

  1. Los miembros de COMJ tanto colegiados como personal del colegio, se beneficiaran de un descuento especial en los productos ofertados así como de un 8 % sobre PVP recomendado en cualquier artículo de las marcas IBM, HP y EPSON, marcas de las cuales CONTROLSYS es distribuidor autorizado.El precio que resulte al amparo de este convenio, nunca podrá resultar superior al que pueda obtenerse en cualquier otro distribuidor de informática (salvo en raras ocasiones y en campañas iniciadas por el propio fabricante “Cracy Day HP” “Thinkodías IBM etc…… y validas para “unos pocos días” , en las cuales Controlsys aplicara los precios especiales para esos días, volviendo a la normalidad posteriormente).De existir diferencia en precios (siempre y cuando las fechas de compra del mismo material no difieran en más de 15 días), CONTROLSYS se compromete a reintegrar la diferencia.
  2. La forma de pago será aplazado con un interés preferencial (si así se solicita), y en casos puntuales de hasta 36 meses al cero por ciento de interés.
  3. Los colegiados o personal al servicio de COMJ deberán identificarse en el momento de hacer su consulta, para lo cual darán a conocer su número de colegiado o su condición de personal de COMJ. Por su parte CONTROLSYS podrá solicitar en cualquier momento a COMJ la confirmación de la calidad de miembro de aquella.

IV. Asistencia Técnica y Mantenimiento

CONTROLSYS, S.L. se compromete a tratar preferentemente a COMJ y a sus colegiados, aplicando tarifas especiales tanto en intervenciones de asistencia Técnica como en la firma de contratos de mantenimiento con los mismos.

El trato preferente vendrá aplicado de la siguiente manera:.

  • Horario del Servicio
    El horario de servicio es de 9 a 19 horas de lunes a viernes, excepto días festivos de ámbito nacional.
    El tiempo de respuesta se fija en función del tipo de aviso, conforme a lo siguiente:
  • Urgente: 8 horas. Sistemas críticos.
  • Normal: 24 horas. Resto de equipos

Nota: las horas especificadas en el tiempo de respuesta son horas reales dentro del día laboral en que se realice la petición de asistencia. Considerando el día laboral de 9 a 17 horas para recepciones de avisos.

Urgente: Equipos departamentales y sistemas críticos: El Servidor y aquellos sistemas que por su importancia en la empresa no pueden permanecer inactivos demasiado tiempo.

En este caso el cliente ha de indicarnos que sistemas deben ser tratados como “departamentales ó críticos”.

Normal: Dentro del horario habitual, resto de equipos informáticos.

CONTROLSYS facturará al cliente final el importe de los trabajos realizados con el siguiente desglose:

  • El precio de las horas de técnico se fija en:
    Técnico de sistemas: 40,00 €/Hora.
    Técnicos de Mantenimiento: 25,00 €/Hora.
  • Atención online: Incluida
  • Mantenimiento control remoto: Incluido
  • Desplazamientos: Incluidos

Los contratos de Mantenimiento se tratarán de forma individual siempre que se soliciten, y por supuesto tendrán tratamiento especial.

V. Duración del Acuerdo

El presente acuerdo tendrá una vigencia de un año desde la fecha de su firma por las partes. Este Acuerdo sólo podrá prorrogarse mediante pacto escrito entre las partes y, en todo caso, tras adaptarlo a las condiciones económicas y de mercado que se den en el momento de la prórroga.

En caso de voluntad de rescisión del presente Acuerdo, la parte interesada comunicará fehacientemente dicho interés con un plazo de preaviso mínimo de quince días.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad y aceptación del contenido de este acuerdo, ambas partes lo firman por duplicado y a un sólo efecto en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.

Firmado en la ciudad de Jaén, a 29 de abril de dos mil cinco.

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