Queridos compañeros:

Habéis recibido una noticia de colegio acerca del cambio del Seguro de Responsabilidad Civil, que tenéis suscrito.

El motivo ha sido el cambio del Seguro de Responsabilidad Civil que el S.A.S tenía contratado con Zurich y a partir del día 13 de marzo del 2017, este ha sido suscrito con la compañía AIG, pero con unas condiciones totalmente distintas y menos ventajosas para el personal Sanitario.

En general pensamos que la póliza suscrita por el S.A.S, tiene algunas lagunas que pensamos no quedan totalmente cubiertas y que pueden llegar a provocar un perjuicio a los colegiados.

  1. La nueva Aseguradora sólo se hará cargo de reclamaciones a partir de 8 millones de euros en reclamaciones patrimoniales de terceros perjudicados formuladas contra el propio S.A.S.
  2. Para reclamaciones de terceros perjudicados en vía penal, Civil o Social o vía distinta de la Contencioso-Administrativa (que es la indicada en el punto anterior) la nueva aseguradora (AIG) se haría cargo de las mismas con un máximo de 3 millones de euros por siniestro.
  3. El límite máximo anual a cargo de AIG para las reclamaciones recogidas en los puntos anteriores y en su conjunto sería de 25 millones de euros.
  4. En cualquiera de los dos casos indicados en los punto 1 y 2 AIG incluye además una franquicia por siniestro al SAS por importe de 30.000 euros, lo que significa que siempre serán a cargo del SAS, aún en el caso de que el siniestro tenga que ser cubierto por AIG, los importes inferiores a la citada cantidad: 30.000 euros.

Y dado que, como indica el artículo 36 punto de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público …“La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubiere incurrido por dolo, culpa o negligencia graves, previa instrucción del correspondiente procedimiento”.

Por lo tanto al existir ese riesgo, aunque sea escaso, es por lo que ofrecemos a los colegiados la posibilidad para que de forma voluntaria, puedan contratar una póliza complementaria que los asegure.

Es por lo que ha sido necesario cambiar las condiciones del seguro que el Colegio tiene contratado con AMA, para cubrir todas las posibles eventualidades que con motivo de una reclamación se puedan dar y que el colegiado asegurado quede protegido en su patrimonio como consecuencia del error profesional que se pueda producir con motivo de cualquier acto médico.

En la situación anterior, el S.A.S., aun viniendo obligado a repetir contra el profesional por culpa de una actuación grave, no lo hacía porque pagaba en todos los casos la Compañía de Seguros que tenían, el nuevo escenario es distinto y es nuestra obligación como Colegio el advertir de esta eventualidad y poner las medidas adecuadas para proteger los intereses de nuestros colegiados. No obstante desde el S.A.S nos han afirmado que nunca han repetido contra los profesionales y que no ven razón, ni tiene previsión de hacerlo en el futuro, pero no nos lo ratifican por escrito.

En caso de que algún compañero, no quisiera que se le aplicara la nueva póliza, nos lo debería de indicar en un plazo de veinte días desde la recepción de la presente. No obstante en todos los supuestos, este colegio garantiza la defensa jurídica de los colegiados.

El martes -día 13 de junio a las  20 h.- se celebró una Asamblea informativa Extraordinaria con este motivo donde han dado a conocer las tarifas que se adjuntan a continuación:  TARIFA PUBLICA Y MIXTA SIN FRANQUICIA-2017

Acceso a la Asamblea emitida por streaming en COMDA.TV           cartel seguros

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